domingo, 5 de abril de 2009

Estiman pagar 95.000 euros a un camionero que fue atropellado

Estiman pagar 95.000 euros a un camionero que fue atropellado

 

Un juzgado de Primera Instancia de Málaga ha condenado a una aseguradora a pagar 95.000 euros a un camionero que resultó herido al ser atropellado por una carretilla transportadora o 'torito' cuando estaba caminando por la zona de carga y descarga de una empresa de la capital. Así, estima parcialmente la demanda presentada por el lesionado.

EUROPA PRESS Los hechos ocurrieron en febrero de 2006. Según la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el hombre estaba transitando por dicha zona de la empresa, a la que había acudido a cargar su camión con material, cuando fue atropellado por el vehículo conducido por otro hombre, cuando iba marcha atrás, asegurado por la compañía ahora demandada.

A consecuencia de estos hechos, según la demanda, en la que pedía 176.600 euros, el trabajador sufrió varias lesiones, como el acortamiento de la pierna derecha, por lo que no fue dado de alta hasta mayo del mismo año, aunque siguió siendo tratado. En octubre de 2007, la Seguridad Social le declaró en situación de incapacidad permanente para su trabajo.

El juez concluye que el atropello se produjo "por una actitud imprudente o cuanto menos poco diligente del conductor de la carretilla transportadora", quien, según señala, era "consciente de la presencia habitual de conductores y camiones en la zona donde realizaba las tareas de carga y descarga".

Además, apunta a la "ausencia de visibilidad por la carencia de espejos retrovisores" y señala que ante esta situación "no adoptó las debidas precauciones para cerciorarse de la oportunidad de la maniobra ejecutada", por lo que se estable que esa actitud fue el "desencadenante del atropello".

Esto lo argumenta en la declaración de varios conductores que estaban en la zona, lo que a su entender demuestra que el área "era transitada de modo habitual pues de otra forma no se explica la presencia de testigos del atropello", según se precisa en la resolución, contra la que cabe recurso ante la Audiencia.

Asimismo, tanto el conductor del 'torito' como otro testigo coincidieron en que el cartel existente en la ventanilla de las instalaciones de la empresa, por el que se prohíbe a los conductores de camiones mantenerse fuera de ellos durante las tareas de carga y descarga, "fue colocado con posterioridad al accidente", por lo que incide en la "inexistencia" de carteles que advirtieran del peligro.

La sentencia también considera acreditado que como consecuencia del atropello, la víctima sufrió varias fracturas y fue intervenido hasta en tres ocasiones, por lo que necesitó 531 días para curarse, todos ellos impedidos y 99 con estancia en el hospital. Respecto a las secuelas, se reconoce un perjuicio estético medio y varios fisiológicos.